El Congreso de Nuevo León aprobó esta modificación para dar mayor certeza jurídica a compradores y desarrolladores en proyectos inmobiliarios en etapa de planeación, construcción o desarrollo. La reforma fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 16 de enero de 2026 (Decreto 178) y adiciona varios artículos nuevos (1720 Bis al 1720 Bis 6).
### Principales cambios introducidos:
- Se define legalmente la **preventa inmobiliaria** como el ofrecimiento de compra de un inmueble cuando aún no es posible transmitir la propiedad (por estar en proceso de construcción, urbanización o desarrollo). Abarca todo tipo de inmuebles, como residencias, oficinas, locales comerciales, etc.
- **Solo desarrolladores o propietarios** pueden recibir ofertas o celebrar contratos de preventa.
- Los contratos deben cumplir requisitos formales estrictos, incluyendo plazos para aceptación de ofertas.
- Se establecen mecanismos de **revocación** en ciertos casos y un régimen de **sanciones** para incumplimientos (multas económicas para desarrolladores que no cumplan).
- La reforma busca combatir prácticas abusivas o fraudulentas en el sector inmobiliario, protegiendo a los adquirentes.
### Entrada en vigor
La reforma entra en vigor el **17 de marzo de 2026** (60 días naturales después de su publicación), por lo que a partir de esa fecha será obligatoria para nuevos proyectos en preventa en Nuevo León.
Este cambio es relevante para el sector inmobiliario regiomontano, ya que formaliza una práctica común y añade protecciones al consumidor. Si tu blog trata temas de derecho, vivienda o inversión en México, es un buen momento para destacar cómo aumenta la seguridad jurídica en compras sobre plano.
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Fuente principal: [Holland & Knight - Insights](https://www.hklaw.com/es/insights/publications/2026/02/reforma-al-codigo-civil-de-nuevo-leon-de-mexico).
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