Para el vendedor
- ISR (Impuesto Sobre la Renta): Se paga sobre la ganancia obtenida (precio de venta – costo comprobable de adquisición + deducciones).
- Exención del ISR:
- Aplica si es casa habitación.
- Debe estar inscrita en el RFC y comprobada como domicilio fiscal o habitual.
- Se puede exentar hasta 700,000 UDIS (aprox. $5 millones MXN en 2026).
- Solo puede aplicarse una vez cada 3 años.
Para el comprador
- ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles): Impuesto local que varía por estado (en Hidalgo ronda el 2% del valor de la operación).
- Derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
- Gastos notariales: Honorarios del notario (aprox. 1% del valor).
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